La combinación de los dos actantes centrales, del sujeto y del objeto directo, con un verbo, está determinada por la formación del tema verbal:
- Si el tema verbal es intransitivo, sólo se combina con un sujeto.
- Si el tema verbal es transitivo, se combina con un sujeto y un objeto directo.
Los actantes previstos por la valencia del tema verbal son obligatorios. Vale decir:
- No hay objeto directo facultativo. En español, inglés y varias otras lenguas, se puede o no combinar un objeto directo con un verbo como ‘comer, leer’ etc. En maya, si se quiere combinar un objeto directo con un verbo, el tema del verbo tiene que ser transitivo. Si la base no es transitiva, como p.ej. en haan comer y ts'íib escribir, hay que transitivizarla, en este caso así: haant comer [algo], ts'íibt escribir [algo].
- Si el tema verbal en una oración es transitivo, entonces hay un objeto directo. Si no está expresado, se encuentra en el contexto o en la situación del habla. O sea, si un verbo transitivo como tin haantah lo comí, haanteh! cómelo no está seguido de una expresión que sirve de objeto directo, tiene un objeto directo definido anafórico o déictico,
Además de los actantes mencionados, un verbo puede combinarse con un objeto indirecto si es trivalente. Además, varias clases de verbos se combinan con adjuntos (sintagmas adverbiales) de varios tipos.